Norma 051: aspectos clave para entender la nueva ley de etiquetado en México

Norma 051: aspectos clave para entender la nueva ley de etiquetado en México Hoy en día existen muchas reglas de protección sanitaria e información necesaria sobre casi todos aquellos alimentos que consumimos diariamente, tal es el caso de la norma 051. La actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 es de gran relevancia a interés para ti que te dedicas a la comercialización de alimentos y bebidas en tu tienda de abarrotes. Continúa leyendo y descubre los aspectos clave de la nueva ley de etiquetado frontal para que estés listo para su entrada en vigor.

¿Qué es la norma 051?

La NOM-051 dicta las nuevas reglas para el etiquetado en alimentos y bebidas no alcohólicas, con el que se advertirá al consumidor el contenido de productos procesados. Esta nueva medida, vigente a partir del 1 de octubre de 2020, tiene como fin concientizar sobre los riesgos para la salud que representan algunos alimentos o bebidas si se consumen de manera excesiva. La norma 051 obliga a que en los alimentos y bebidas que sobrepasen ciertos lineamientos marcados por la autoridad incluyan un etiquetado frontal en donde se advierta su contenido. Por ejemplo, azúcares, sodio, grasas saturadas, y lípidos, entre otros. El nuevo etiquetado frontal, basado en el modelo chileno de etiquetado, contará con unos hexágonos de color negro y letras blancas para resaltar los ingredientes nutricionales poco saludables que estos productos puedan contener. Con este etiquetado de advertencia se pretende mejorar la salud e informar a las personas sobre aquello que están a punto de consumir y que puedan decidir si es “bueno” o “malo” para su salud. La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), la COFEPRIS y otros aparatos de salud serán los organismos responsables de revisar todas estas disposiciones al momento de comercializar cualquier producto, de lo contrario estos podrían no salir a los puntos de venta. Todo producto fabricado a partir del 1° de octubre del 2020 deberá contar con el nuevo etiquetado conforme a las modificaciones de la NOM. Se permitirá hasta el 30 de noviembre del mismo año que en los anaqueles de tiendas se tenga coexistencia de productos de una misma marca y presentación con diferente etiquetado (nuevo y antiguo, atendiendo a la fecha de caducidad de los productos fabricados antes del 1° de octubre del 2020). Después del 30 de noviembre, no podría haber productos con el etiquetado anterior en los anaqueles, por lo que se podrán reacondicionar con adheribles para terminar de agotarlos previa negociación con el cliente.   Ante este nuevo escenario, en Comercial Treviño te recomendamos que con anticipación verifiques que el inventario de productos que comercializas en tu negocio abarrotero, cumpla con los sellos del nuevo etiquetado. Esto lo lograrás comprando lo que vayas requiriendo sin tener un sobre inventario, en especial de los productos que van a tener cambio de etiqueta. Hay que destacar que con la Norma 051 el gobierno federal pretende que los compradores sean más conscientes de los productos que compran, buscando con esto que la población se alimente mejor.

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